ยบ
 
 
UVT 2021: $36.308
UVT 2020: $35.607
SALARIO MINIMO 2021
$908.526

SALARIO MINIMO 2020
$877.803
AUXILIO DE TRANSPORTE
2021: $106.454

2020: $102.854
SANCION MINIMA 2021
$363.000

Retefuente en transporte de carga

Cuando una persona jurídica efectúe pagos por servicio de transporte de carga, el porcentaje de retención en la fuente será del 1%.

Las empresas de carga terrestre son siempre personas jurídicas, y en algunos casos prestan sus servicios en vehículos que no son propios, es decir en vehículos de propiedad de los afiliados a la empresa, en este caso cuando reciba el ingreso por parte de la empresa que la contrata para realizar el transporte de carga, dicho ingreso lo debe distribuir entre sí y el tercero dueño del vehículo; igualmente la retención en la fuente que le hayan practicado la debe distribuir en el mismo porcentaje para que ésta vaya acorde a los ingresos que ha percibido cada una de las partes (empresa prestadora del servicio y dueño del vehículo).

Ejemplo: La empresa transportadora de carga CORRECAMINOS LTDA. presta el servicio de carga a la empresa XYZ Ltda, quien es catalogada como agente retenedor de renta; el valor del flete es $1.500.000, de los cuales al dueño del vehículo se le pagaran $800.000.

En el momento de efectuar el pago, la empresa XYZ Ltda, practica una retención en la fuente del 1% sobre el valor del flete, es decir $1.500.000, y le entrega a la empresa prestadora del servicio un certificado de retención en la fuente por dicho valor ($15.000).

La empresa prestadora del servicio en el momento de registrar contablemente el pago, efectúa el siguiente procedimiento:

Tomo el valor que le cobra el propietario del vehículo ($800.000) y lo divide entre el valor del flete que le pagan por el servicio ($1.500.000), y así obtiene el porcentaje que le corresponde al dueño del vehículo sobre el ingreso y sobre la retención practicada:

$800.000 / $1.500.000 = 0,5333 * 100 = 53,33%

La diferencia, es el porcentaje que le corresponde a la empresa prestadora del servicio:

100% – 53,33% = 46,67%

Con este porcentaje (53,33%) efectuamos la distribución tanto del ingreso como de la retención en la fuente que le corresponde al propietario del vehículo.

El valor del ingreso que le corresponde al dueño del vehículo, lo registramos en una cuenta de Ingresos recibidos para terceros (cuenta 2815), y la retención en la fuente que le corresponde, en una cuenta de Retenciones a favor de terceros (135590).

REGISTRO CONTABLE:

CODIGO

CUENTA

DEBITOS

CREDITOS

110505

CAJA GRAL

1.485.000

 

135515

RETEN. EN LA FUENTE

        7.000

 

135590

RETEN. A FAVOR DE 3º

        8.000

 

281505

VALORES REC. PARA TERCEROS

 

800.000

414505

TRASNSPORTE DE CARGA

 

700.000

El valor de la cuenta 135515, sustituirá el valor del certificado de retención en la fuente que  expida la empresa retenedora, el cual debemos conservar para cuando la administración tributaria lo solicite, y por otra parte, cuando efectuemos el pago de la parte que le corresponde al dueño del vehículo, le entregaremos un Certificado de retención en la fuente sobre el valor que le corresponda según el prorrateo.

El certificado que entregamos al dueño del vehículo, debe decir que de acuerdo a un contrato de mandato de transporte de carga terrestre, establecido en el Articulo 102-2 del Estatuto Tributario, y el Articulo 14 del Decreto 1189 de 1988, el valor de la retención que le corresponde a: (El dueño del vehículo), se estableció por prorrateo, según Certificado expedido por la empresa XYZ Ltda, el cual fue consignado en la ciudad de XXX, en la fecha de la operación; es decir el valor que estamos certificándole al dueño del vehículo, en ningún caso lo hacemos a nombre propio, y en ningún caso debemos declararlo o consignarlo en nuestra declaración de retención en la fuente, ni tampoco reportarlo en el formato 1001 cuando tengamos que reportar las retenciones en la fuente que hemos practicado, puesto que el valor total de la retención (el valor que le corresponde a la empresa, y el que le corresponde al dueño del vehículo), es reportado y consignado por quien efectivamente practicó la retención, en este caso la empresa XYZ Ltda.

Cuando efectuemos el pago al dueño del vehículo, efectuaremos el siguiente registro:

CODIGO

CUENTA

DEBITOS

CREDITOS

281505

VALORES REC. PARA TERCEROS

800.000

 

135590

RETEN. A FAVOR DE 3º

   

    8.000

110505

CAJA GRAL

 

792.000

 

 

 
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